Vivienda y alquileres

Desistimiento del contrato de alquiler por el inquilino: modelo de carta para enviar por burofax

Enviar esta carta por burofax

Modelo prerrellenado, contenido certificado y prueba de entrega

El inquilino puede desistir del contrato de alquiler de vivienda una vez transcurridos seis meses, avisando al arrendador con al menos treinta días de antelación (artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). El aviso debe poder probarse: de ahí el envío por burofax o carta certificada con acuse de recibo.

La fecha de recepción del aviso marca el inicio del cómputo. Si el contrato lo prevé, el arrendador puede exigir una indemnización de una mensualidad por cada año que reste de cumplir (o la parte proporcional), por lo que conviene anunciar el desistimiento en los términos exactos de la ley.

Este modelo identifica el contrato, fija la fecha de salida respetando el preaviso y solicita la coordinación de la entrega de llaves y la devolución de la fianza. Para el detalle, consulte nuestra guía rescindir el contrato de alquiler con carta certificada.

El modelo de carta

Las menciones en azul y entre corchetes deben sustituirse por su información: se prerrellenan automáticamente cuando utiliza el modelo en línea.

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Asunto: desistimiento del contrato de arrendamiento de vivienda

Burofax con certificación de texto y acuse de recibo

 

Muy señores míos:

 

Como arrendatario de la vivienda situada en [dirección completa de la vivienda arrendada], en virtud del contrato firmado el [fecha de firma del contrato], le comunico mi decisión de desistir del contrato de arrendamiento, al amparo del artículo 11 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

 

Han transcurrido más de seis meses desde la entrada en vigor del contrato, por lo que concurre el requisito temporal exigido por dicho artículo. El presente desistimiento se comunica con una antelación mínima de treinta días, de modo que el contrato quedará extinguido el [fecha de efectos, al menos treinta días después de la recepción de este burofax], fecha en la que entregaré la vivienda y las llaves.

 

[Si el contrato prevé indemnización por desistimiento: indique que abonará la cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir, prorrateándose los períodos inferiores al año, conforme a lo pactado. Si el contrato no la prevé, indique que no procede indemnización alguna.]

 

Le agradecería que me propusiera día y hora para la verificación del estado de la vivienda y la entrega de llaves. Para la devolución de la fianza prevista en el artículo 36 de la misma ley, mi dirección será: [nueva dirección para la devolución de la fianza].

 

Atentamente,

 

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Cómo enviar esta carta en línea

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Preguntas frecuentes

Las respuestas a las preguntas más habituales sobre esta carta.

¿Cuándo puedo desistir del contrato de alquiler?

A partir de los seis meses de contrato, comunicándolo al arrendador con un mínimo de treinta días de antelación. Antes de los seis meses, la salida anticipada puede suponer indemnizar al arrendador por las rentas pendientes de ese periodo.

¿Debo indemnizar al arrendador por irme antes?

Solo si el contrato lo pacta expresamente: una mensualidad de renta por cada año de contrato que reste por cumplir, y la parte proporcional para periodos inferiores al año. Sin ese pacto, no procede indemnización.

¿El burofax es obligatorio para avisar?

La ley no impone una forma concreta, pero exige que el aviso llegue al arrendador en plazo. El burofax certifica contenido, fecha y entrega; la carta certificada con acuse de recibo prueba el envío y la recepción. Ambos evitan la discusión más frecuente: que el arrendador niegue haber recibido el preaviso.

Fuentes y referencias

  • Artículo 11 de la Ley 29/1994 (LAU): Desistimiento del contrato por el arrendatario transcurridos seis meses, con preaviso mínimo de treinta días y eventual indemnización pactada.